BITCOIN y riesgos en su utilización

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El BITCOIN es una de tantas manifestaciones de la era digital, de manera general, podemos decir, que se trata de una “moneda” virtual que puede ser intercambiada por moneda real, sea en euros, dólares o cualquier otra moneda, usualmente la misma se encuentra representada en dólares, dado que es la moneda más común para transacciones en general, pero no se limita a esta. Según nos lo aclara www.queesbitcoin.com y Wikipedia[1] es una “criptodivisa”, una especie de transacción resguardada con códigos encriptados, parece ser que este tipo de transacciones no son nada extrañas y existen varias “monedas” virtuales. La BITCOIN, al igual que toda moneda virtual, tiene las particularidades de no ser respaldada por ningún banco central o entidad financiera, su valor de intercambio está sujeto a la especulación económica y no es regulada por la normatividad bancaria o financiera de ningún país, por lo mismo. Ningún banco ni entidad hace seguimiento de sus movimientos o de sus fuentes, distinto a lo que ocurre con las transacciones normales, lo que causa que en términos técnicos no pueda ser considerada como una divisa o una moneda oficial; Aun así, no deja de ser un medio de transacción altamente utilizado y su auge ha venido en aumento desde 2009, cuando fue puesta por primera vez a disposición del público. A opinión de varios internautas y conocedores, es considerada como la moneda del futuro y una forma de “liberarse de las cadenas de los bancos tradicionales” que no solo especulan y juegan en la bolsa con el dinero de sus clientes, si no que en muchos casos, como en el de Colombia, por ejemplo, cobran por el uso de hasta los servicios más básicos; la BITCOIN tiene la ventaja de haberse posicionado como un medio de intercambio eficaz, de persona a persona, es decir sin intermediación alguna, lo que ha garantizado su rapidez y gratuidad, dado que no hay ninguna entidad cobrando porcentajes por la gestión, si no que esta se realiza automáticamente a través de la web, con ayuda de enrevesados programas digitales. Según el banco de la República y la Superintendencia Financiera en Colombia, la BITCOIN, no es considerada como moneda y no es un medio de pago, con curso legal y poder liberatorio; Según la ley 31 de 1992 en su artículo 6°, la única moneda con estas características es el peso colombiano, esto quiere decir, a modo de ejemplo, que si paga el arriendo de su apartamento con BITCOINS, el arrendatario puede legalmente decir que no se le ha pagado nada. Según el Banco de la República, este tipo de transacciones no pueden ser consideradas divisas, dado que no se encuentran respaldadas por ningún banco central, ni tampoco pueden ser consideradas como divisas de libre uso, dado que no cumple con altos niveles de liquidez, ni con ser fácilmente intercambiable sin restricciones en las formas y montos negociados, dado que cada transacción está limitada a una cantidad máxima de “monedas”, luego no son válidas según estándares del Fondo Monetario Internacional y el Banco de pagos internacionales. Al no encontrarse esta moneda respaldada por activos físicos en ningún banco central, su valor es altamente variable, un día pueden valer mucho y al siguiente nada, están completamente sujetas a la especulación; ninguna de las plataformas de transacciones o comercializadores de BITCOIN, se encuentran sujetas a vigilancia de las autoridades colombianas,  muy probablemente de ninguna otra, luego estas no cuentan con estándares de seguridad y mitigación del riesgo, lo que puede causar grandes pérdidas a los usuarios; como ejemplo de esto, fue el caso MT.GOX, que en su momento fue una de las plataformas de transacciones con BITCOINS más usadas, donde su súbito cierre por motivos legales, causó millonarias pérdidas; el anonimato propio del uso de este tipo de plataformas, puede causar el uso de las mismas para actividades ilegales, como la estafa, el lavado de activos y la financiación del terrorismo. El tema de las monedas virtuales es extenso y complejo, para algunos es una panacea, para otros un nido de criminalidad y estafa, en todo caso; es claro que en nuestro país su uso no es recomendado, ni mucho menos reconocido por las autoridades, aun así este tema hasta ahora está en sus inicios y no sería del todo extraño que en un futuro cercano, muchas instituciones financieras y bancarias, busquen la forma de involucrarse y regularizar más este tipo de mercado de transacciones. Para conocer de primera mano la opinión de la Superintendencia financiera y el Banco de la República, puede consultar los siguientes documentos: Carta Circular 29: Riesgos de las operaciones realizadas con “Monedas Virtuales” Concepto 2017008234-001: Monedas virtuales, BITCOIN, riesgos en su utilización Carta Circular 78: Operaciones realizadas con “Monedas Virtuales”   Elaborado por: Jaime Alberto Rueda V.    [1] https://es.wikipedia.org/wiki/Bitcoin
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