“se encuentra facultado el representante legal para solicitar que se tengan como no presentadas aquellas declaraciones tributarias que fueron presentadas con firma de un revisor fiscal que fue removido por la asamblea de accionistas o quien haga sus veces, aun cuando el acta de nombramiento de designación del nuevo revisor fiscal no haya sido registrada en el registro mercantil, de acuerdo con el art 4 del CPACA y el literal a) del art 580 del E.T”
CONCEPTO 21046 DEL 08 DE AGOSTO DE 2017 – DIAN
http://www.globbal.co/wp-content/uploads/2017/09/30-Con-DIAN-21046-2017-Declaracion-firmada-por-RF-removido.pdf
https://www.ambitojuridico.com/bancoconocimiento/mercantil-propiedad-intelectual-y-arbitraje/que-ocurre-con-las-declaraciones-tributarias-firmadas-por-el-revisor-fiscal-que-ha-sido-removido