Para cerrar esta ya larga presentación de la planeación del cierre contable y fiscal 2017 hemos dejado la conciliación del resultado como la última fase. La premisa más importante es que a partir del 1 de enero de 2017, los ingresos, costos y gastos que se computan inicialmente son los reconocidos bajo NIIF, y luego se efectúan los correspondientes ajustes permitidos expresamente por la Ley tributaria.
Hay elementos esenciales bajo NIIF que deben ser reconocidos en la política establecida independiente si se cumplen algunos requisitos formales desde el punto de visto tributario, como por ejemplo servicios prestados en un período fiscal pero facturado en otro, las provisiones, los deterioros, los cambios de valor razonable, y otros ejemplos.
Cordialmente,
GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
E-mail:
gvasquez@bakertillycolombia.com
Bucaramanga, 17 de Octubre de 2017