Revocatoria de la doctrina DIAN. Tratamiento del IVA en la adquisición de activos fijos

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Revocatoria de la doctrina DIAN. Tratamiento del IVA en la adquisición de activos fijos

La DIAN revoca de oficio el Concepto 07301 del 28 de marzo de 2019 y reitera la posición señalada en el oficio 0437 del 14 de mayo de 2019 donde señaló que:

“2. Tratamiento del IVA en la adquisición de activos fijos, según los cambios incluidos por la Ley 1943 de 2018:

2.1. De acuerdo a las consideraciones de este Despacho, se reitera la posición expuesta en el Oficio 00429 del 22 de febrero de 2019, en el que se concluye que no procede el IVA pagado en activos fijos como descuento en IVA.”

Por lo anterior, se infiere que el IVA pagado en activos fijos no resulta computable como costo o gasto de acuerdo a las disposiciones del impuesto sobre la renta. Como consecuencia, y en concordancia con la reglamentación que prevé el art. 488 del E.T. sobre la procedencia de descontables en IVA, este no podrá tomarse como descuento en el impuesto sobre las ventas.

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