Solicitud de liquidación oficial de corrección después de la entrada en vigencia del Decreto 1175 de 2013.

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Solicitud de liquidación oficial de corrección después de la entrada en vigencia del Decreto 1175 de 2013.

(…)la nueva tarifa de arancel comenzó a aplicarse a las importaciones que se realizó con la entrada en vigencia del Decreto 1755 de 2013, toda vez que el Decreto así lo consagró y teniendo en cuanta que los decretos que fijan las tarifas del gravamen arancelario rigen hacia el futuro en virtud del principio de irretroactividad de la ley.

(…)no habría lugar a solicitar ante la autoridad aduanera liquidación oficial de corrección con el fin de obtener la devolución del arancel pagado en la importación en la importación temporal a largo plazo, cuando la tarifa del arancel del cinco por ciento (5%) se encontraba vigente en la fecha que fue presentada y aceptada la declaración, de conformidad con los artículos 14 y 203 del Decreto 1165 de 2019.

Redactado por: Luisa Johanna Lopez Florez 

 

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