Superindustria ordena a Whatsapp cumplir con el estándar nacional de protección de datos

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Superindustria ordena a Whatsapp cumplir con el estándar nacional de protección de datos

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió una orden de obligatorio cumplimiento a la empresa WhatsApp LLC para que implemente medidas acordes con el estándar colombiano en materia de habeas data y debido tratamiento de datos personales. La decisión se tomó a través de la Resolución 29826 del 2021, luego de determinar que la política de tratamiento de la información (PTI) de la compañía incumple en un 57,89 % los requisitos que exige la regulación colombiana. Adicionalmente, se estableció que dicha empresa tampoco cumple con el 75 % de los requerimientos establecidos en el artículo 12 de la Ley 1581 del 2012. Estableció que esta empresa recolecta y trata datos personales de por lo menos 39 millones de usuarios activos mensualmente en Colombia y que esta utiliza cookies para recolectar o tratar datos personales en territorio nacional, por lo que la Ley 1581 es aplicable a la compañía. La SIC ordenó lo siguiente: crear una política de tratamiento de información (PTI) que cumpla todos los requisitos que exige la regulación colombiana; implementar un mecanismo o procedimiento apropiado, efectivo y demostrable para que, al momento de solicitar la autorización de las personas les informen en idioma castellano, de manera clara, sencilla y expresa todo lo que ordena el artículo 12 de la Ley 1581 del 2012 y registrar sus bases de datos en el RNBD. 

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