Tarifa aplicable para dividendos distribuidos por sociedades nacionales en el año 2019

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Tarifa aplicable para dividendos distribuidos por sociedades nacionales en el año 2019 

  1. En conclusión, habría lugar a practicar la retención en la fuente establecida en el art. 242-1 del E.T. ya que los dividendos serán distribuidos en 2019 a sociedades nacionales, así estos se repartan con cargo a utilidades generadas antes del 31 de diciembre de 2016.

    7. Por otro lado, se reitera la revocatoria parcial del Oficio no. 006313 del 13 de marzo de 2019 respecto a la referencia del art. 242-1 del E.T. en los puntos 1.1. y 1.11. Así mismo, se aclara que lo establecido en el art. 246-1 no es aplicable al art. 242-1 del E.T. y que el régimen de transición aplicable a dicho impuesto es el señalado en el art. 121 de la L. 1943 de 2018.

Redactado por: Luisa Johanna Lopez Flórez 

 

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