VALIDEZ DE LOS TIQUETES POS

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VALIDEZ DE LOS TIQUETES POS

A partir del 1 de enero de 2019 la Dian indico que los tiquetes expedidos por máquinas registradoras bajo el sistema POS no tenían aceptación fiscal como soporte de costos, deducciones, e impuesto de IVA descontable, pero en el concepto 4834 de 2019 expreso lo contrario. Esto significa que no hay una línea clara en la entidad ya que han reconsiderado su postura ante la dificultad de cortar de raíz la utilización de estos documentos para el soporte fiscal de las transacciones financieras.

Esto genero muchas controversias, pues era necesario esperar a que se expidiera reglamentación sobre el tema, pues el párrafo transitorio primero del articulo 616-1 del ET modificado por el articulo 16 de la ley 1943 de 2018, se refiere a que esta limitación afecta solamente el funcionamiento y operación de facturación electrónica (la cual funciona como validación posterior pero se deberá cambiar a validación previa) por lo tanto no hay conexión entre el parágrafo 4 y la nueva versión del parágrafo transitorio 1.

Pero el 27 de febrero de 2019 en el concepto 4834, aduce que en el parágrafo transitorio del artículo 616-1 del ET prevé un régimen de transición en la implementación de la facturación electrónica que una vez reglamentada se podrá poner en vigencia.

La Dian concluye que conforme a lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 16 de la ley 1943 de 2018, hasta que no se produzca la reglamentación, el documento equivalente POS tiene plena validez para solicitar costos y deducciones en el impuesto sobre renta y descontables de IVA. Entonces, así será hasta que se expida una reglamentación sin que ello anule la posibilidad de la entidad para fiscalizar sobre todos los documentos de soporte, así cuando tenga que probarse que las transacciones, costos e impuestos descontable no existen, puedan rechazarlos.

La Ley de financiamiento 1943 de 2018 realizó modificaciones a la normatividad disponible sobre la implementación de la factura electrónica, eliminando el texto del artículo 616-1 del ET en el que se incluía como obligados a facturar electrónicamente a partir del 2019 a todos los responsables del IVA y del INC del régimen común.

Entendiendo que muchas cadenas de supermercados y otros negocios grandes del país utilizan este sistema POS para soportar sus ventas, y que genera una gran dificultad para la implementación de una factura de venta a todos los que además del soporte POS solicitaban factura de venta a nombre del comprador.

Entonces, esta medida va en pro del contribuyente, esperando que todas las implementaciones correspondientes no generen problemas a los empresarios de Colombia, buscando nuevas alternativas y procedimientos para los que venden con sistemas POS.

Ver mas: https://cijuf.org.co/normatividad/concepto/2019/concepto-000481.html Redactado por: Luisa Johanna Lopez Flórez  
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