Informan sobre cómo pagar el impuesto predial en Bogotá si no se tiene la calidad de propietario del bien inmueble.

Informan sobre cómo pagar el impuesto predial en Bogotá si no se tiene la calidad de propietario del bien inmueble.

Poseedores: Deben presentar el documento de identificación físico, recibo(s) de servicio(s) público(s) y suministrar los datos claros y válidos para el registro: correo electrónico, teléfonos, CHIP del predio y dirección. Asimismo, deben demostrar su calidad de poseedores, con documentos que así lo acrediten, como, por ejemplo, los pagos de impuestos del predio realizados en años anteriores. Fideicomitentes, locatarios o beneficiarios (predios con leasing habitacional): Deben verificar en el botón “Descarga y/o paga ya Predial y Vehículos”, del portal www.haciendabogota.gov.co, si se encuentra la factura del predio, ingresando el CHIP y el NIT del banco y/o fiducia (sin el dígito de verificación). Igualmente, recuerden registrar el NIT del leasing que tenían al 1 de enero de 2022, ya que, si se hizo un traslado, la factura no estará disponible. Si tienen dudas, deben confirmar el NIT con la entidad financiera. Herederos solidarios, por la muerte del titular: Deben presentar el certificado de defunción, recibos de pago de años anteriores y el proceso de sucesión que acredite esa calidad. Terceros autorizados por el propietario: Deben presentar carta firmada de autorización del propietario, copia del documento de identidad de quien autoriza y cédula física del autorizado. En caso de ser persona jurídica (empresa), se requiere presentar certificado de Cámara de Comercio, carta firmada por el representante legal autorizando y fotocopia del documento de identidad del representante legal, así como la cédula física del autorizado”.

CompreConRep24_2022-1

Scroll al inicio