Nuevo Decreto que en materia contable modifica las NIC 7, NIC 12 y la NIIF 15

El 22 de diciembre, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, expidió el Decreto 2131 de 2016 «Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 2420 de 2015”, este Decreto modifica parcialmente el marco técnico normativo de las Normas de Contabilidad e Información Financiera, previstas en el artículo 1.1.1.2, del Libro I, Parte 1, Título 1, del Decreto 2420 de 2015 y que se encuentra incorporado en los anexos 1 y 1.1 del mismo Decreto.

Se pretende en éste Decreto establecer las enmiendas efectuadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (International Accounting Standards Board –IASB-) al marco técnico normativo de las NIF para el grupo 1 mediante modificaciones a las NIC 7 (Estado de Flujos de Efectivo), NIC 12 (Impuestos a las Ganancias) y la NIIF 15 (Ingresos de actividades ordinarias procedentes de contratos con clientes), cuyo anexo técnico se incorpora en la Sección de anexos del Decreto 2420 de 2015 con el No.12.

Así mismo, éste nuevo Decreto, modificó el Título 2 del Decreto 2420 de 2015, y compiló el régimen reglamentario normativo para los preparadores de información financiera que conforman el Grupo 2.

El marco técnico normativo de las normas de información financiera adjunto al presente Decreto y que se incorpora como Anexo 1.2 al Decreto 2420 de 2015, se aplicará a partir del 10 de enero de 2018.

Por recomendación de la IASB, fechas de vigencia incluidas en el texto original de las normas no se tendrá en cuenta en la regulación colombiana.

Para acceder al Decreto 2131 de 2016 y sus anexos haga clic aquí 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio