Cambios en la estructura organizacional de la UGPP

Desde  el 26 de abril de 2017, la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección  Social  – UGPP, fue modificada con el objetivo de incrementar la efectividad de la defensa judicial.  A través del Decreto 681 de 2017 el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, modificó la estructura  de la siguiente manera:

Inicialmente suprimió la Subdirección Jurídica Pensional que pertenecía a la Dirección Jurídica, que estaba regulada en el Decreto 575 de 2013, artículo 7°, como consecuencia de lo anterior se creó la Subdirección de Defensa Judicial Pensional y la Subdirección de Asesoría y Conceptualización  Pensional.

Es importante resaltar que al realizar la comparación de las funciones establecidas a las nuevas subdirecciones son similares a las que tenía la subdirección eliminada, simplemente las separaron y mejoraron conforme a las necesidades de la entidad.

Para la subdirección de Defensa Judicial, se le asignó la representación judicial y extrajudicial en asuntos pensionales, excepto para casos que sean otorgados por poder del Director General a  la Dirección de Defensa Judicial; proponer, implementar y hacer seguimiento a las políticas de prevención a las conductas antijurídicas; procesar estadísticas de la gestión realizada en defensa judicial; expedir protocolos y seguir directrices para la actuación de procesos judiciales, bajo las directrices del director jurídico; analizar las providencias judiciales, para identificar las líneas jurisprudenciales y doctrinales para coadyuvar a la defensa de los intereses de la entidad; implementar lineamientos de la actividad judicial que ejerce los abogados externos, entre otros.

Las funciones asignadas a la subdirección de Asesoría y Conceptualización Pensional, son: resolver las solicitudes de competencia, en materia pensional; preparar las ponencias para presentarlas al Director Jurídico, para que sean adoptadas por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial; estudiar las principales causas generadoras de procesos litigiosos, difundir y analizar los cambios normativos y jurisprudenciales; revisar las publicaciones que se realizan en la página de carácter pensional; “Asesorar en materia de reconocimiento de derechos pensionales y prestaciones económicas y recomendar lineamientos para su estandarización”; administrar la relatoría pensional, entre otros.

Adicionalmente, el Decreto 575 de 2013 modificó las funciones de la subdirección Jurídica de Parafiscales, dejó la representación judicial y extrajudicial de la determinación y cobro de contribuciones parafiscales, excepto aquellos que se hayan conferido mediante poder a la Dirección de Defensa Jurídica; y adicionó:  “5. Asesorar jurídicamente a la Dirección General, a la Dirección de Parafiscales y a sus Subdirecciones en los asuntos correspondientes a la determinación y cobro de las contribuciones parafiscales de la Protección Social” y “6. Asesorar, proyectar y revisar los actos administrativos que deban emitir la Dirección General, la Dirección de Parafiscales y sus Subdirecciones en relación con la determinación y cobro de contribuciones parafiscales de la protección social”; las demás funciones quedaron iguales.

Así quedó en la página de la UGPP la estructura de la entidad 

Elaborado por: Diana Andrea Novoa Camacho

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