El revisor fiscal está obligado a certificar información sobre el ente que audita únicamente a la asamblea general o junta de socios por ser el organismo que lo nombró, así como a los entes gubernamentales que ejerzan inspección y vigilancia sobre dicha Entidad, emitiendo certificaciones y/o informes a que haya lugar.
Ver consulta 2017-795 Consejo Técnico de la Contaduría Pública