¿Cuándo presentar ICA anual o bimestral?

¿Qué es ICA?

Es el impuesto de industria y comercio generado por realizar actividades industriales de forma directa determinado, así tenga un establecimiento comercial o no.

Necesariamente se deben inscribir en el Registro de Información Tributaria, declarar y pagar el ICA, varios establecimientos de comercio como por ejemplo: ferreterías, droguerías, fabricas, tiendas, prestación de servicios o realización de actividades comerciales, ya sea que tenga o no alguna oficina o local, además si son anunciadas por avisos, vallas o tableros.

ICA Régimen común

Son obligados las personas jurídicas y las naturales que realicen actividad comercial, industrial o servicios de forma permanente u ocasionalmente, son las que perteneces a este régimen, por lo tanto, deben declarar y pagar este impuesto cada dos meses.

ICA Régimen simplificado

Son obligados las personas que cumplan con las siguientes características pertenecen a este régimen si:

  • En el año anterior obtuvo ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a tres mil UVT.
  • Tiene máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejerce su actividad.
  • En el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.
  • No es usuario aduanero.
  • No ha celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a tres mil quinientas.
  • El monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de tres mil quinientas.
  • Nota: Para la celebración de contratos de venta de bienes y/o de prestación de servicios gravados por cuantía individual y superior a tres mil quinientos (3.500) UVT, el responsable del régimen simplificado deberá inscribirse previamente en el Régimen Común.

Nueva declaración anual

A partir del primero de febrero del año 2017, se está declarando el impuesto de industria y comercio anualmente, excepto para los contribuyentes al cual el impuesto a cargo (FU), que corresponda a la suma de la vigencia fiscal del año inmediatamente anterior, sobrepase de 391 UVT, estos declaran y pagan bimestralmente el tributo, teniendo en cuenta los plazos establecidos por el Secretario Distrital de Hacienda.

Elaborado por: Carolina Guevara

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