La malversación de recursos públicos

La malversación de recursos públicos

La Policía Fiscal y Aduanera y la Fiscalía General de la Nación revelo que capturaron 9 funcionarios públicos señalados de integrar una red de corrupción que cometieron una defraudación a los recursos de la nación, a través del incumpliendo de la destrucción de mercancías retenidas en la DIAN  con el cual se superó los 2.700 millones de pesos. Se  encargaban de modificar los sistemas de identificación, y efectuar la  coordinación  logística final para transportar, comercializar y entregar elementos de ventas ilegales

Las investigaciones iniciaron por una serie de inconsistencias sobre hechos pasados cometidas por la empresa Manufacturas y Fundiciones Ferrita LTDA, encargada del proceso de  destrucción y fundición de mercancías decomisadas la DIAN.

Destacando que los investigadores advirtieron que se trataba de una peligrosa red de corrupción la que se dedicó a defalcar a la nación a través de incumplimiento en la destrucción de mercancías de la DIAN lo que le represento a estas organizaciones millonarias ganancias ilícitas.

En conclusión, en el desarrollo de la investigación se estableció que desde el 2014 hasta el 2019 se detectaron permanentes anomalías como el hallazgo de válvulas, partes de plantas de trituración, motores para tracto camión, montacargas, maquinas asfálticas y plantas generadoras de energía, que debieron ser sometidas a los procesos de desintegración. Así mismo, la Fiscalía estableció que estas actividades ilícitas fueron ejecutadas en las ciudades de Bogotá, Buenaventura, Bucaramanga, Manizales, barranquilla y Cartagena. En Definitiva los capturados serán judicializados por los delitos de concierto para delinquir al servicio público, falsedad  ideológica en documento público, lavado de activos y peculado.

Artículo 400 del Código Penal, establece la pena a la que deben ser sometidos dichos funcionarios, pues los actos ilícitos representan un decremento al patrimonio nacional el cual podría ser invertido en un bien general para el país.

“Artículo 400. Peculado culposo: El servidor público que respecto a bienes del Estado o de empresas o instituciones en que éste tenga parte, o bienes de particulares cuya administración, tenencia o custodia se le haya confiado por razón o con ocasión de sus funciones, por culpa dé lugar a que se extravíen, pierdan o dañen, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por el mismo término señalado.”- Código penal Colombiano.

Redactado por: Jonathan Pedrozo Martinez

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