Liquidación de sociedades

LIQUIDACION DE SOCIEDADES

Según el código de comercio, existen 3 mecanismos para liquidar una compañía. En el capítulo 10 del título segundo establecen pasos para poder liquidar una empresa y la cual es la forma más usada:

  1. Hacer una junta con todos los socios de la empresa, para establecer los mecanismos que consideran en el proceso de liquidación, realizando un informe del desarrollo empresarial, un balance general, y un inventario detallado
  1. Designar un liquidador y su correspondiente suplente inscritos en el registro mercantil encargado de entregar los balances para determinar la obligación de la sociedad. (Las sociedades por cuotas o partes de interés pueden ser liquidadas sin la necesidad de un liquidador).
  1. Se realizara un informe a los acreedores de la compañía, informando que la empresa está en proceso de liquidación, y presentarse en un medio publico
  1. Cuando se presente el inventario, deberá ser aprobado por la superintendencia de sociedades (en caso de que las sociedades que se conforman por acciones) si algún socio tiene objeciones frente al inventario deberán ser radicadas ante la superintendencia de sociedades.
  1. Cuando el balance sea aprobado se deberá realizar los pagos a los acreedores que tenga la sociedad. Según la norma, las primeras obligaciones por las que debe responder una sociedad son las de tipo laboral, deudas tributarias que se tengan con la Dian y los últimos son aquellos deudores que no pertenezcan a ninguna de estas obligaciones, ellos son los últimos en recibir el pago y si los activos no alcanzan, podrían quedarse sin el mismo.
  1. Distribuir remanentes entre socios y/o accionistas, realizado por el liquidador de la compañía los cuales deberá ser aprobado por la última junta de socios
  1. Cuando se encuentre en firme este documento, se radicará en la Cámara de Comercio.
  1. Deberá realizarse la adecuada cancelación del RUT ante la DIAN, si no se hiciese adecuadamente la empresa podría seguir generando tributos.

Redactado por: Luisa Johanna Lopez Flórez 

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