Tramite para devolución y compensación

TRAMITE VIRTUAL PARA DEVOLUCION Y COMPENSACION

Atendiendo a los presupuestos y directrices bajo los cuales se rige la gestión adelantada por la DIAN , para poder cumplir de manera eficiente y eficaz la actividad desempeñada y en procura del desarrollo y avance tecnológico que en materia tributaria se exige respecto de los distintos ámbitos que se derivan de su gestión, la DIAN, pone a disposición del público en general, el Servicio Informático Electrónico de Devoluciones y Compensaciones, a través del cual los usuarios y contribuyentes pueden radicar las solicitudes de devolución de los saldos a favor en renta y ventas, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2277 del 6 de noviembre de 2012.

El servicio electrónico informático para la solicitud de devolución y/o compensación, tiene como objetivo facilitar la presentación, radicación, análisis, decisión y control de las solicitudes así como garantizar el debido proceso de la gestión, mediante un mecanismo ágil y expedito, obedeciendo el marco legal establecido para el efecto.

Para lo anterior el usuario, contribuyente y/o solicitante, deberá tener en cuenta que el trámite de la solicitud de devolución y/o compensación se inicia con el diligenciamiento y presentación del formato 010, junto con la radicación de los requisitos y soportes, los cuales de conformidad con las normas que regulan la materia, deben entregarse en forma virtual dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud. De lo contrario, el trámite virtual iniciado se cerrará automáticamente y el solicitante deberá iniciar uno nuevo.

Devoluciones y o Compensaciones-Saldo a Favor en Renta-V. I

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