En comunicado N° 19, la DIAN reitera que con la expedición de la Ley 1819 de 2016 se eliminó el Impuesto sobre la Renta para la Equidad CREE, y en consecuencia se derogó la Autorretención a título del Impuesto sobre la Renta CREE.
Es por eso que desde el 1 de enero de 2017, el Autorretenedor debe practicar una Autorretención del Impuesto sobre la Renta, que debe declararse mensualmente en el Formulario 350, correspondiente a la “Declaración de Retención en la Fuente” – casilla 74 “Otros conceptos”.
La DIAN aclara que ésta Autorretención es diferente a la que se autoriza por parte de la DIAN mediante Resolución y se declara en las casillas 70 a 72 del Formulario 350 “Declaración de Retención en la Fuente”.
Los plazos para declarar y pagar esta autorretención son:
Tomado de DIAN
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