Video para implementación NIIF Pymes – SAE S.A.S.
Señores DEPOSITARIOS PROVISIONALES Reciban un cordial saludo Nos permitimos remitir el link, donde encontrarán el video Niff para Pymes, este […]
Señores DEPOSITARIOS PROVISIONALES Reciban un cordial saludo Nos permitimos remitir el link, donde encontrarán el video Niff para Pymes, este […]
Para las entidades que pertenezcan a los Grupos 1 y 3, los primeros estados financieros oficiales bajo los nuevos marcos
El 22 de diciembre, el Ministerio de Comercio expidió el Decreto 2131 de 2016, donde se establece modificaciones a las NIC 7, NIC12, NIIF 15, su aplicación obligatoria sea a partir de enero 1°de 2018.
Esta Superintendencia en ejercicio de sus facultades, en especial de las establecidas en el literal a) numeral 3 del artículo 326 y en el numeral 5 del artículo 97 del Estatuto Orgánico
En el marco del marco normativa de información financiera NIIF, las leyes que regulan la aplicación de las NIIF para Colombia se establece que las aportaciones de los socios deben ser clasificadas como patrimonio
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo puso a discusión de la ciudadanía un proyecto de decreto con el cual se modifica parcialmente el Decreto 2420 del 2015 modificado por el Decreto 2496 del 2015, y se dictan otras disposiciones.
Las unidades inmobiliarias cerradas –UIC– se encuentran sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal y por tanto, están obligadas a llevar contabilidad en cumplimiento del numeral 5 del artículo 51 de dicho régimen. En consecuenca, deben aplicar las disposiciones de la Ley 1314 del 2009.
Si una copropiedad se encuentra clasificada en el grupo 3 para la aplicación de las normas internacionales, debe aplicar la base de principios de este grupo, contenidas en el anexo 3 del Decreto 2420 del 2015, que compila sin ningún cambio lo establecido en el Decreto 2706 del 2012.