Unidades inmobiliarias cerradas deben llevar contabilidad
Las unidades inmobiliarias cerradas –UIC– se encuentran sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal y por tanto, están obligadas a llevar contabilidad en cumplimiento del numeral 5 del artículo 51 de dicho régimen. En consecuenca, deben aplicar las disposiciones de la Ley 1314 del 2009.