Se necesita de una reforma estatutaria estructural para la transformación de una persona jurídica
La transformación de una persona jurídica en otra no es posible de manera automática sino que implica una reforma estatutaria y estructural y solo en ese momento puede cambiar la naturaleza del vínculo de sus servidores, y, segundo, porque la misma ley no prevé que cuando la entidad descentralizada se transforme en empresa por acciones la naturaleza de la vinculación de sus servidores sea la de trabajadores oficiales