Oficio 18729 de julio 15 del 2016 – DIAN
La DIAN recuerda que en la Ley 1116 del 2006 no se establece una figura especial para las personas naturales comerciantes en proceso de liquidación, por lo cual es factible concluir que el liquidador, bien sea para personas jurídicas o personas naturales comerciantes, que fue asignado en un proceso de liquidación por adjudicación, es quien tiene la responsabilidad de cumplir con las obligaciones formales de los impuestos correspondientes.