Condiciones para el pago y reconocimiento como deuda pública de las providencias que se encuentren en mora.

Condiciones para el pago y reconocimiento como deuda pública de las providencias que se encuentren en mora.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide decreto “Por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 ·Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022-, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora”.

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