Cuando el trabajador ha cumplido el año laboral tiene derecho a obtener 15 días hábiles de vacaciones y para hacer efectiva su solicitud. Cuenta además con un año a más tardar dentro el año siguiente y el empleador debe conceder las vacaciones a petición del trabajador; el trabajador puede acumular las vacaciones hasta (4) años, el empleado está en la obligación de informar por lo menos 15 días antes de hacer efectiva el disfrute de sus vacaciones.
El empleador se encuentra en la obligación de llevar un registro especial por empleado en donde se identifique el control de la historia de cada empleado a continuación damos a conocer los parámetros mínimos:
- Fecha del contrato
- Fecha inicial del disfrute de las vacaciones
- Fecha de finalización de las vacaciones
- Identificar los días hábiles de las vacaciones según el contrato laboral
- Aporte a la seguridad social