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DIAN, Normatividad

Oficio 22783 de agosto 24 del 2016 – DIAN

La DIAN recuerda que no todas las operaciones de retiro o disposición de recursos de los depósitos electrónicos ofrecidos por Establecimientos de Crédito o por las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (SEDPE) están exentas del GMF, en vista de que el numeral 25 del artículo 879 del Estatuto Tributario ha sujetado el referido beneficio tributario a los términos y límites contemplados en el Decreto 2555 del 2010.

DIAN, Normatividad

Concepto 017187 de junio 30 del 2016 – DIAN

El depósito de dinero en efectivo proveniente del reintegro por el titular de la cuenta de ahorro programado, y recibido por la Caja de la Vivienda Popular del Distrito (Establecimiento Público del Distrito Capital, adscrito a la Alcaldía Mayor de Bogotá), no causa el Gravamen a los Movimientos Financieros –GMF–, considerando que tampoco se ha realizado la disposición de recursos objeto de la transacción financiera, conforme a lo señalado por el artículo 873 del ET, en armonía con lo previsto por el parágrafo del artículo 871 del mismo estatuto.

DIAN, Normatividad

Concepto 016307 de junio 23 del 2016 – DIAN

El numeral 14 del artículo 897 del ET establece la exención del GMF en los traslados que se realicen entre cuentas corrientes, de ahorro, de ahorro programado, de ahorro contractual y/o tarjetas de prepago abiertas en un mismo establecimiento de crédito o entidad financiera, a nombre de un mismo y único titular. Por lo anterior, si bien es cierto que dos o más personas pueden ser titulares de una cuenta bancaria, es necesario comprender que la expresión “a nombre de un mismo y único titular” se limita necesariamente a una sola persona.

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