Oficio 23937 de septiembre 2 del 2016 – DIAN
La DIAN señala que el cálculo de la sanción por extemporaneidad en la declaración del CREE, se debe realizar sobre el impuesto determinado más el valor del anticipo de la sobretasa y los demás valores que como resultado de la depuración se vean reflejados en el casilla “Total saldo a pagar por impuesto y por sobretasa” del formulario establecido para declarar el citado impuesto.