corrección declaración

DIAN, Normatividad

Concepto 28780 de agosto 10 del 2016 – DIAN

De acuerdo con la DIAN, una declaración de corrección presentada por fuera de los términos, y habiendo agotado la etapa de discusión con el recurso de reconsideración (vía gubernativa), carece de validez y, de contener un pago, lo más apropiado sería abonarlo a la obligación y tenerlo en cuenta dentro del proceso de cobro coactivo que se adelante a la liquidación de revisión que constituye título ejecutivo.

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