Sentencia SC11815 de septiembre 6 del 2016 – Corte Suprema de Justicia
La obligación del contrato de corretaje está limitado a ser el puente de contacto entre los interesados; es decir, facilita la complementación de las economías de los contratantes, porque su conocimiento le permite saber de las necesidades comunes y esa es, precisamente, la importancia de su gestión en el desarrollo del negocio.