Modificación del objeto contractual implica la celebración de un nuevo convenio
Modificación del objeto contractual implica la celebración de un nuevo convenio La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que […]
Modificación del objeto contractual implica la celebración de un nuevo convenio La Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que […]
En el marco de los artículos aprobados por la Plenaria del Senado y la Cámara de Representantes la semana pasada,
De los hechos señalados se destaca que la Administración, mediante liquidación oficial de revisión, infirmó el saldo a favor registrado en la declaración del impuesto sobre la renta del año 2001, que fue devuelto al contribuyente, desvirtuando la presunción de veracidad a que se refiere el artículo 746 del Estatuto Tributario, lo que es acorde con la previsión establecida en el artículo 670 ejusdem, según la cual, las devoluciones practicadas en virtud de las declaraciones tributarias, no constituyen un reconocimiento definitivo a su favor.
Cuando se presenten fallas en el fluido eléctrico o en el sistema por computador que impidan expedir la factura por computador, es viable utilizar factura en talonario, caso en el cual el obligado a facturar debe entregar al adquirente el original de la factura y conservar una copia, teniendo en cuenta que en este evento la numeración autorizada debe estar preimpresa y corresponde a una numeración diferente de la autorizada para la factura por computador.
La DIAN aclara inquietudes sobre los requisitos que se deben cumplir para obtener la autorización de proveedores tecnológicos.
El inversionista extranjero en calidad de persona jurídica o natural obligado a cumplir deberes formales, debe inscribirse en el RUT antes de iniciar actividades económicas que puedan generarle el cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN.
Cuando la Administración de Impuestos decida modificar la declaración privada de un contribuyente, debe indicar mediante requerimiento las razones por las cuales consideró necesario rectificar dicha declaración; así lo indica el artículo 35 del CCA.
La DIAN señala que la parte potestativa del artículo 857-1 de ET se concreta en la facultad de suspender el término para devolver o compensar un saldo a favor solicitado por un contribuyente, hasta por un término máximo de 90 días.
La DIAN aclara que el incumplimiento del pago de una obligación debe ser declarado mediante resolución por la respectiva entidad, la cual una vez ejecutoriada será el título ejecutivo con fundamento en el cual se profiera el mandamiento de pago contra el deudor hasta la concurrencia del valor insoluto.
Se aclara que unas funciones distribuidas a una División de una Dirección Seccional, mediante resolución de carácter general del Director General de la entidad, no pueden ser delegadas en un Grupo Interno de Trabajo como dependencia, por parte de un Director Seccional.