PD Reglamenta los elementos que integran el registro, los procedimientos de inscripción, actualización, suspensión y cancelación del RUT
El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y […]
El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y […]
Bogotá D.C., 15 de enero de 2018. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, les recuerda a las entidades
Las Personas Naturales sin firma digital pueden actualizar en línea su dirección, correo electrónico, teléfonos, entre otros. Bogotá D.C., 9
Dian de oficio actualizará RUT de contribuyentes del extinto CREE
El inversionista extranjero en calidad de persona jurídica o natural obligado a cumplir deberes formales, debe inscribirse en el RUT antes de iniciar actividades económicas que puedan generarle el cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN.
Según lo establecido en Decreto 2243 del 2015, el 24 de agosto vence el plazo para que las personas naturales empleadas.
El RUT es el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan el deber de cumplir con obligaciones formales y sustanciales respecto de los impuestos que administre la DIAN, por lo que es responsabilidad de estos mantener actualizada la dirección, para que las comunicaciones de la DIAN sean eficaces.
La DIAN recuerda que el trámite de la solicitud de devolución y/o compensación se debe adelantar donde se presentó la declaración tributaria que arroja salgo a favor.
Por la cual se regula el trámite de inspección en el Registro Único Tributario –RUT– y su actualización de oficio a través de las Cámaras de Comercio.
Las personas jurídicas deben inscribirse en el Registro Único Tributario –RUT– como responsables del IVA en el régimen común, a partir del inicio de las operaciones gravadas con el impuesto sobre las ventas.