La promoción de horarios flexibles en beneficio del bienestar familiar y jornada de integración familiar

La ley 1361 del año 2009, se creó con el objeto de fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia y establecer políticas públicas, que en cumplimiento del deber de la sociedad y el Estado como representante de esta, promover y garantizar el bienestar de la familia. En consecuencia el pasado 26 de julio de 2017 el gobierno por intermedio del congreso emitió la ley 1857 de 2017.

Dicha ley establece el artículo 3°, que se adiciona a la ley 1361 de 2009, que el empleador y el trabajador podrán de mutuo acuerdo, adecuar los horarios laborales para permitir el acercamiento del trabajador con los miembros de su familia, para atender a sus deberes de acompañamiento de su compañera/o permanente y sus hijos menores de edad, personas de la tercera edad y a sus familiares de hasta 3er grado de consanguinidad que requieran de atención, así como cualquier otro miembro de su familia que se encuentre en situación de incapacidad o dependencia.

Además establece el deber de los empleadores, para facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que los empleados puedan compartir con sus familias en un espacio posibilitado por el empleador, o en uno obtenido por medio de la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados. Si el empleador no fuere capaz de gestionar dicha jornada deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio, sin afectar los días de descanso reglamentarios, pero llegando a un acuerdo con el empleado sobre la compensación de la jornada.

En todo caso si es de su interés consultar, que más prerrogativas proporciona la ley puede consultarla aquí

Elaborado por: Jaime Alberto Rueda Vega

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