Lo que se pretende de la revisoría fiscal

LO QUE SE PRETENDE DE LA REVISORÍA FISCAL

Con el proyecto de la superintendencia de sociedades del nuevo código de comercio, se abre la posibilidad de grandes cambios en la revisoría fiscal que generara varias repercusiones en el mundo de la constitución de sociedades, esbozando con la aparición del decreto 302 de 2015, el cual contiene lo relacionado a las normas de aseguramiento de la información donde vuelven a aparecer los contradictores de las NIIF, buscando culpar a la globalización de la crisis a la que se enfrenta la profesión contable.

Pero existe un modelo deontológico de la revisoría fiscal que nace de la lucidez que manifiesta la Corte Constitucional en su jurisprudencia. Advirtiendo que el revisor fiscal, su función de vigilancia trasciende asumiendo en su máxima expresión el seguimiento de los intereses económicos de la comunidad entendiéndose por esta no solamente a las personas naturales o jurídicas vinculadas si no la empresa en general y naturalmente al estado. La definición de la Corte Constitucional es determinante frente al postulado constitucional del Estado social de derecho y le exige al revisor fiscal que se reconozca como un ser actuante y decisivo en su construcción.

El revisor fiscal ha sido atraído por el interés particular y las condiciones que establezca la entidad para ser nombrado, pues si bien su elección por la asamblea depende de la estructura del capital, en donde  es claro que cada accionista emite tantos votos como acciones tienen la sociedad. El revisor fiscal ha terminado por ser un rehén de las mayorías, proponiendo él como solución que el revisor no sea elegido por los accionistas mayoritarios.

Para buscar que el desarrollo la Corte Constitucional cambia la idea de la revisoría fiscal, proponiendo una fórmula nueva para su elección en donde cada accionista solamente tendrá un voto, el suyo propio, el de su persona, y también podrá emitir un voto por cada accionista que represente, también independiente del número de acciones del representado. Así, se lograría que cada accionista, mayoritario o minoritario, participara en igualdad de condiciones para nombrar al revisor fiscal y la elección de éste sería totalmente neutral frente a las mayorías de capital, pudiendo  tener una independencia a la hora de tomar decisiones y desarrollar su oficio en condiciones más óptimas.

Con esto se lograra democratizar efectivamente la elección de la revisoría fiscal, se lograría que los inversionistas, los empresarios, los administradores, los trabajadores, y la comunidad se beneficien de una elección justa en el que cada uno haga su trabajo de la mejor manera.

Redactado por: Luisa Johanna Lopez Florez 

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