MinHacienda reglamenta el funcionamiento del Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal- FEIF

MinHacienda reglamenta el funcionamiento del Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal- FEIF y crea el Comité de Gestión de Pasivos y Coberturas de la Nación.

“El artículo 129 de la Ley 2010 de 2019 creó el Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal – FEIF, el cual tiene por objeto propender por la estabilización del ingreso fiscal de la Nación proveniente de la producción y/o comercialización del petróleo, a través de la gestión, adquisición y/o celebración de instrumentos y/o contratos que permitan el aseguramiento y/o cubrimiento de tales ingresos fiscales con entidades extranjeras especializadas en este tipo de operaciones. El artículo 86 de la Ley 2008 de 2019 establece que las operaciones de cobertura hacen parte de un programa integral de mitigación de los riesgos fiscales derivados de las fluctuaciones de los precios del petróleo, los combustibles líquidos y la tasa de cambio del peso colombiano por el dólar estadounidense y que sus costos se podrán asumir con cargo al rubro del servicio de la deuda pública dentro del Presupuesto General de la Nación. Estas operaciones de cobertura serán administradas por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional a través de cuentas independientes, mientras son incorporadas a los fondos respectivos. Para propender por la adecuada implementación de la estrategia de cobertura anteriormente mencionada, es necesario crear un comité y determinar las reglas para su funcionamiento”.

DeMINHACIENDA01618_2020

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