A través de la Carta Circular de octubre 7 del 2016, la Superintendencia Financiera de Colombia informó los valores de los beneficios de inembargabilidad y exención de juicio de sucesión para la entrega de dinero, reajustados con base en el índice anual promedio de precios para empleados suministrado por el DANE entre el 1 de octubre del 2014 y el 30 de septiembre del 2015, así:
- El de inembargabilidad de las sumas depositadas en la sección de ahorros y en depósitos electrónicos, hasta treinta y tres millones quinientos catorce mil ciento cincuenta y dos pesos ($33.514.152).
- El de las sumas depositadas en: depósitos electrónicos, en la sección de ahorros, en cuentas corrientes, en cualquier otro depósito y en dineros representados en certificados de depósito a término y en cheques de gerencia, las cuales podrán entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, compañero o compañera permanente, herederos, o a uno u otros conjuntamente, sin necesidad de juicio de sucesión, hasta cincuenta y cinco millones ochocientos cincuenta y seis mil novecientos quince pesos ($55.856.915).
Los límites antes señalados rigen a partir del 1 de octubre del 2016 hasta el 30 de septiembre del 2017.
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