En desarrollo de los artículos 79 y 80 de la Constitución Política de Colombia, por medio de los cuales se establece el deber del Estado de proteger, prevenir y planificar la diversidad, con el aprovechamiento integral de los recursos naturales, garantizando el desarrollo sostenible y el derecho de los ciudadanos a gozar de un ambiente sano; El Ministerio de Medio Ambiente emitió la resolución 472 de 2017, por medio de la cual busca establecer disposiciones, para la gestión integral de los residuos de construcción y demolición, que aplica a todas las personas naturales y jurídicas que generen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen y dispongan Residuos de demolición y construcción, de las obras civiles u otros hechos conexos en el territorio nacional.
La resolución establece una lista de 5 puntos, en orden de priorización, para la gestión de los desechos, según el artículo 3° en adelante:
- Prevención y reducción: Las personas relacionadas, deberán aplicar medidas de prevención y reducción de la generación, entre las que se destacan:
- Planeación de la obra, junto con la cantidad de material necesario, para evitar al máximo que el mismo sobre.
- Separarlos tipos de desechos durante la obra.
- Almacenamiento diferencial de los materiales.
- Control de escorrentía superficial y manejo de aguas lluvias.
- Recolección y transporte: Debe cumplir las siguientes condiciones:
- La carga deberá ser acomodada, para que no desborde los contenedores en los que es transportada.
- Tomar las medidas que sean posibles para evitar la dispersión de partículas durante el cargue y descargue.
- Resguardar la carga durante el transporte del agua y el viento.
- Los vehículos que lleven a cabo esta actividad deberán cumplir, con las normas de emisiones vigentes.
- Almacenamiento: Los aludidos, deberán establecer lugares para salvaguardar los materiales, donde se almacenaran de forma temporal, separando debidamente los tipos de residuos, dichas instalaciones deberán cumplir con las siguientes características:
- Establecer barreras para evitar el impacto visual de dichas instalaciones.
- Llevar a cabo obras de drenaje y manejo de sedimentos.
- Tener las debidas señalizaciones.
- Tomar medidas para evitar la dispersión de partículas.
- Aprovechamiento: El aprovechamiento de los materiales deberá llevarse a cabo por medio de plantas dispuestas para ello, que como mínimo deberán contar con:
- Recepción y pesaje.
- Separación y almacenamiento por tipos de materiales aprovechables.
- Medidas de aprovechamiento.
- Almacenamiento de productos.
- Disposición: Sostiene que las entidades territoriales, deberán contar con sitios donde sea posible llevar a cabo a disposición de los materiales sobrante de todo el proceso anterior, de acuerdo a lo determinado en los planes de planificación ambiental, locales y departamentales.
Como se mencionó, esta lista está en orden de prioridad, siendo el uso eficiente para la prevención y reducción, lo que se debe llevar a cabo a cualquier coste, siendo los demás accesorios a este, y la disposición final lo que se debe evitar por cualquier medio requerido, es decir se intentará estructurar procedimientos, para garantizar el máximo aprovechamiento de los materiales destinados a construcción y disminuir la generación de basuras derivadas de estos a su mínima expresión, sino es que evitarla completamente.
Conozca la resolución del Ministerio aquí
Elaborado por: Jaime Alberto Rueda V.