Un componente integral de lo que será el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición, también conocido como –SIVJRNR- es la administración de Justicia en la Jurisdicción Especial de Paz, el objetivo del componente de justicia es satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, contribuir al logro de una paz estable y duradera, con el fin de adoptar decisiones que brinden plena seguridad jurídica a los involucrados, en especial frente a los hechos ocurridos en el marco del conflicto armado interno, con énfasis en los hechos que supongan una grave violación del derecho internacional humanitario y de los Derecho Humanos.
En el proyecto se destacan conceptos como el de las Jurisdicciones Especiales, donde se asegura que de acuerdo a la carta de las Naciones Unidas sobre la soberanía y libre autodeterminación de las Naciones, los principio del derecho internacional, incluido el derecho Internacional Humanitario, los Derechos Humanos y el Derecho Penal Internacional los Estados tienen la autonomía para conformar jurisdicciones o sistemas jurídicos especiales.
Así como la integración Jurisdiccional, donde se asegura que se respetarán las jurisdicciones indígenas, a menos que sean contrarios a los estándares nacionales o internaciones y normas como el Acto Legislativo 001 de 2017, la Ley Estatutaria de la JEP y las normas que la desarrollen, la Ley 1820 de 2016 y las normas que la desarrollen.
Los criterios interpretativos de la norma serán: Garantías de los derechos de las víctimas, Jurisdicción Especial para la Paz, Integración Jurisdiccional, Justicia Prospectiva, Jurisdicciones Especiales, Respeto al Derecho Internacional y Garantía de Derechos Humanos, Resarcimiento de las Víctimas.
En todo caso si es de su interés conocer más sobre el proyecto de Ley Estatutaria puede consultarlo aquí
Elaborado por: Jaime Alberto Rueda Vega