Proyecto de resolución para la adopción de instrumentos de gestión de la información pública de la DIAN.

El artículo 74 de la Constitución Política determina el derecho de acceso que tienen los ciudadanos a los documentos públicos, reglamentado mediante Ley estatutaria 1712 de 2014 de transparencia y acceso a la información, el artículo 3°, establece el Principio de la divulgación proactiva de la información.

La entidad fundamenta su propuesta según el principio de divulgación proactiva, que consiste en que el deber del acceso a la información, no reside únicamente en la obligación de dar respuesta a la solicitudes de la sociedad, también en el deber que tienen las entidades de generar y promover la transparencia, lo que conlleva la obligación de publicar y divulgar documentos y archivos, que den muestra de la actividad estatal y el interés público, de forma rutinaria y proactiva, actualizada, accesible y comprensible.

Según lo anterior y demás normatividad relacionada, es deber de la entidad crear sistemas de información, que permitan a la comunidad tener acceso a información, actualizada y comprensible, dentro de los límites que el talento humano y la tecnología permiten, por lo tanto en cumplimiento de dicho deber presenta la DIAN ante la comunidad el siguiente proyecto de resolución. AQUÍ

Para enviar los comentarios que le merezcan frente al mencionado proyecto, puede hacerlo por medio del siguientes correo: drodriguezm@dian.gov.co

Elaborado por: Jaime Alberto Rueda Vega

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio