Requerimiento de Información Financiera para empresas prestadoras de servicios públicos

La Superservicios emitió la Resolución N° 00865 de 2017 por la cual se establece requerimiento de información financiera complementaria para las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios que detenten dicha calidad conforme a las Leyes 142 y 143 de 1994 y se encuentren clasificadas obligatoriamente en el Grupo 1.

De acuerdo con la Resolución, las empresas que cumplan dicha condición, deberán preparar un documento tipo .pdf con las mismas especificaciones del formato complementario FC07 (que se vislumbra en la Resolución), este documento debe contener la información del pasivo pensional del año 2015 preparada para efectos fiscales, el cual certificaran en el SUI.

El plazo del reposte tendrán como máximo el día 15 de febrero de 2017.

Para acceder a la Resolución N° 00865 de 2017 haga clic aquí.

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