Riesgos del Pago no Oportuno de la Seguridad Social

De acuerdo a lo exigido en el artículo 11 del Decreto Reglamentario 1406 de 1999, al incumplir con las obligaciones de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (SSSI), se obliga al empleador a responder por las prestaciones asistenciales y económicas que se llegaren a causar; además el no pago de dos o más periodos mensuales de cotizaciones, le acarreará multas, sucesivas mensuales de hasta (500) salarios mínimos legales vigentes.

Adicionalmente,  la mora en el pago de la seguridad social y riesgos profesionales podría afectar el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas que se llegaren a causar por concepto de incapacidades temporales o permanentes. Lo anterior con base a que si los siniestros y/o incapacidades se  generan durante la mora, la EPS o ARL estaría en todas las capacidades legales en negar el pago y por consiguiente la carga de pago queda en un 100% para el empleador.

Elaborado por: Ana María Pacheco Acosta

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