Se expide Acuerdo para simplificar el sistema tributario del distrito

Concejo de Bogotá

,

Tributario

Con la expedición del Acuerdo 648 del 2016 y teniendo en cuenta el contexto normativo, el distrito capital pretende hacer más simple el sistema de tributación del distrito. Los aspectos más importantes de este acuerdo son los siguientes:
  • Se modifica la tarifa del impuesto predial, en el que se tiene en cuenta el estrato como también el avaluó catastral
Variación del predial
  • Se consagra un control en la variación del impuesto predial; por lo que el incremento no podrá ser mayor al 20 % respecto al periodo anterior, esto es en predios residenciales. Y 25% en predios no residenciales.
Tope máximo
  • 15% en predios residenciales cuyo valor catastral se hasta 335 SMMV
  • 10% en predios residenciales de estrato 1 y 2 cuyo avaluó se igual o inferior a 135 SMMV
  • 18% predios residenciales con avaluó mayo a 335 hasta 450 SMMV
  • Si el avaluó disminuye respecto al año anterior. Y se aumenta el impuesto a cargo. Este valor no podrá ser superior al IPC
SPAC
  • Se establece un sistema de pago alternativo por cuotas (SPAC).
ICA
  • La declaración de este impuesto será anual, salvo los contribuyentes que cuenten con un impuesto a cargo del periodo respectivo; exceda de 391 UVT.
Base gravable
  • Para el predial, será el valor catastral vigente, si no se cuenta con este, será la base gravable mínima.
  • Para el impuesto sobre vehículos, esta será el valor comercial establecido en el mes de noviembre por el Ministerio de Transporte.
Correcciones tributarias Se simplifica este sistema. Con lo cual se pretende obtener mejores resultados en estos trámites por parte de la administración y a favor de los contribuyentes. Para conocer el acuerdo haga clic aquí.
Share this

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *