Titular de marca registrada tiene el deber de usarla

El superintendente delegado para la Propiedad Industrial, confirmó, en sede de apelación, la cancelación de la marca BEHRENS REDUGRAS (certificado de registro No. 415242) de propiedad de la sociedad mercantil GLOBAL BRANDS GROUP INC.

La sociedad BIOQUÍMICO PHARMA S.A. promovió acción de cancelación de dicha marca, contemplada por el artículo 165 de la Decisión Andina 486, al considerar que no estaba siendo usada por su propietario (titular), constituyéndose el hecho en razón jurídica suficiente para la extinción de todos los derechos que ostentaba sobre esta.

Teniendo en cuenta que usar la marca que se registra es un deber del titular, y que dentro del proceso este no logró aportar elementos probatorios que condujeran a evidenciar un desuso justificado de la misma, eximente del deber de uso, la SIC confirmó la decisión de primera instancia mediante la cual se ordenó la cancelación la precitada marca.

Con lo anterior, resulta conveniente recordar a todos los titulares de marcas en el país, que tienen el deber de usar la marca respecto de los productos registrados bajo su amparo, ya que solo en situaciones asociadas a la fuerza mayor y el caso fortuito, esto es, hechos imprevisibles e irresistibles, podrían eventualmente impedir su cancelación.

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