Decreto 2201 de 2016: Autorretención a título del impuesto sobre la renta

Derecho, Impuestos, Ministerios, Noticias
Mediante el Decreto 2201 de diciembre de 2016, el Gobierno Nacional busca implementar los ajustes necesarios en materia de Retención en la Fuente, lo anterior, para cumplir con las modificaciones presente en los artículos 240, 366 y 395 del Estatuto Tributario y artículo 125 de la Ley 1819 de 2016. Este Decreto adiciona el Título 6, Parte 11, del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 (Decreto único Reglamentario en Materia Tributaria), que establece:
  • Las sociedades nacionales y sus asimiladas, establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras o sin residencia que sean contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y que estén exoneradas del pago de las cotizaciones al SGSSS y pago de parafiscales a favor del SENA e ICBF serán contribuyentes responsables de la autorretención a título del impuesto sobre la renta y complementario.
  • La base para calcular la autorretención son las mismas establecidas en las normas vigentes para calcular la retención del impuesto sobre la renta, salvo excepciones.
  • Los responsables de la autorretención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementario deberán declarar y pagar las autorretenciones efectuadas en cada mes.
En el Decreto se hace un listado de la tarifa de autorretención aplicable sobre todos los pagos respecto a la actividad económica realizada. Para acceder al Decreto 2201 de diciembre de 2016 haga clic aquí.
Share this

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *