Solicitud de liquidación oficial de corrección después de la entrada en vigencia del Decreto 1175 de 2013.

Solicitud de liquidación oficial de corrección después de la entrada en vigencia del Decreto 1175 de 2013.

(…)la nueva tarifa de arancel comenzó a aplicarse a las importaciones que se realizó con la entrada en vigencia del Decreto 1755 de 2013, toda vez que el Decreto así lo consagró y teniendo en cuanta que los decretos que fijan las tarifas del gravamen arancelario rigen hacia el futuro en virtud del principio de irretroactividad de la ley.

(…)no habría lugar a solicitar ante la autoridad aduanera liquidación oficial de corrección con el fin de obtener la devolución del arancel pagado en la importación en la importación temporal a largo plazo, cuando la tarifa del arancel del cinco por ciento (5%) se encontraba vigente en la fecha que fue presentada y aceptada la declaración, de conformidad con los artículos 14 y 203 del Decreto 1165 de 2019.

Redactado por: Luisa Johanna Lopez Florez 

 

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