Modifican criterios para determinar las sociedades que deben adoptar programas de transparencia y ética empresarial

Modifican criterios para determinar las sociedades que deben adoptar programas de transparencia y ética empresarial.

La Superintendencia de Sociedades derogó las Resoluciones No. 100-002657 de 25 de julio de 2016 y 200-000558 del 19 de julio de 2018 y estableció la obligación de adoptar Programa de Transparencia y Ética Empresarial para las sociedades que en el año inmediatamente anterior hayan realizado operaciones internacionales de cualquier naturaleza por montos iguales o superiores a 100 salarios mínimos mensuales vigentes y hayan tenido ingresos o activos iguales o mayores a 40.000 salarios mínimos legales mensuales.

ResSUPERSOCIEDADES100-006261_2020

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio