DIAN emite listado de bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional

Mediante la Resolución 000057 de julio 26 del 2016, la DIAN expidió el listado de las bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional; lo anterior se debe a la disposición establecida en el parágrafo 5 del artículo 12-1 del ET, con el cual se facultó a la DIAN para enlistara las bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional, a fin de que las sociedades y entidades del exterior que emitan bonos o acciones de cualquier tipo en la Bolsa de Valores de Colombia o en alguna de las señaladas en el listado, no se entiendan con sede efectiva de administración en Colombia, y por ende, no sean consideradas como sociedades o entidades nacionales para efectos tributarios.

De acuerdo con la resolución, son bolsas de valores de reconocida idoneidad internacional:

  • American Stock Exchange, Inc. –AMEX–, de Estados Unidos.
  • Bolsa de Comercio de Santiago –SSE–, de Chile.
  • Bolsa de Madrid, de España.
  • Bolsa de Valores de Colombia –BVC–, de Colombia.
  • Bolsa de Valores de Lima –BVL–, de Perú.
  • Bolsa Mexicana de Valores –BMV–, de México.
  • Deutsche Börse A.G. – Frankfurter Wertpapierbörse, Amtlicher Handel (Bolsa de Valores de Frankfurt, primer segmento), de Alemania.
  • London AIM –Alternative Investment Market–, del Reino Unido.
  • London Stock Exchange plc –LSE–, del Reino Unido.
  • NASDAQ, de Estados Unidos.
  • Nasdaq Nordic, de Estados Unidos.
  • New York Stock Exchange –NYSE–, de Estados Unidos.
  • NYSE ARCA, de Estados Unidos.
  • NYSE MKT, de Estados Unidos.
  • Oslo Stock Exchange, de Noruega.
  • São Paulo Stock Exchange –BVSP–, de Brasil.
  • SWX Swiss Exchange, de Suiza.
  • Tokyo Stock Exchange –TSE–, de Japón.
  • Toronto Stock Exchange –TSX–, de Canadá.
  • TSX Venture Exchange de Toronto, de Canadá.
  • Singapore Exchange –SGX–, de Singapur.

Para la elaboración del listado se tuvieron en cuenta los criterios establecidos en la Circular Externa 029 del 2014, la cual incorporó la Circular Externa 010 del 2009, ambas circulares de la Superintendencia Financiera. Asimismo, se consideró la existencia de un instrumento internacional, bilateral o multilateral que permita el efectivo intercambio de información con relevancia tributaria entre la jurisdicción donde se localiza la bolsa de valores y Colombia.

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