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Noticias, Tributario

ICA en la comercialización de leche

En consecuencia, la actividad por usted referida, consistente en la compra de leche a los centros de acopio para luego ser pasteurizada y vendida es una actividad comercial que puede ser gravada con el impuesto de industria y comercio en el municipio donde realice dicha actividad.

Consejo de Estado, Derecho

La imposición de multas por parte de la administración tributaria deben ser proporcionales y razonables

En atención a la equidad tributaria, al debido proceso y a la sentencia C-160 de 1998, la Sala considera que no es procedente mantener la sanción máxima prevista en el literal a) del artículo 651 del ET, pues lo cierto fue que el actor entregó la información exógena del año 2007, con ocasión del pliego de cargos formulado por la DIAN

Consejo de Estado, Normatividad, Tributario

Es deber del contribuyente, probar el porqué de las exclusiones

En relación con la sanción por inexactitud, el demandante alega que se produjo una diferencia de criterios en cuanto al derecho aplicable, con la cual, no se causó daño a la Administración, la Sala advierte que no es procedente acceder a levantar la sanción toda vez que, la interpretación planteada por la demandante contradice su propia actuación, pues en la liquidación privada depuró los ingresos exentos obtenidos por la actividad hotelera y no sustentó debidamente la razón por la cual excluyó algunos costos y deducciones para obtener la renta exenta

Corte Constitucional, Derecho, Noticias

Educación inclusiva para niños y niñas en situación de discapacidad

En líneas generales, la Sala consideró que el joven requería una educación especializada. Por lo tanto, ordenó “se preste el servicio de educación especial al menor y se brinden las condiciones necesarias para el acceso al mismo, esto es, el pago del servicio de transporte de ser necesario y los materiales de trabajo en clase sean necesarios para garantizar de manera integral y completa su derecho fundamental a la educación

Consejo de Estado

La revocatoria del poder, no deriva la extinción de las obligaciones a cargo del contratante (honorarios)

La revocatoria de poder no puede ser utilizada como un medio para vulnerar el derecho del apoderado a obtener el pago de los honorarios que hubieren sido fijados por su labor, de modo que, en observancia del principio de la buena fe, no se puede desconocer el vínculo contractual que subyace a esa representación y del cual surgieron obligaciones entre el mandante y el mandatario, las cuales deben ser cumplidas en la forma en que fueron pactadas.

Consejo de Estado

Facultad de las administraciones tributarias locales de gravar utilidades sociales con la contribución de valorización

El avalúo catastral de los inmuebles no es un factor que deba tenerse en cuenta para fijar la contribución en el método de factores de beneficio. Así, la Sala considera que los actos administrativos no desconocen la capacidad contributiva de las demandantes porque determinaron la contribución de valorización a su cargo con sujeción a la fórmula establecida

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