Derecho

Derecho, Noticias

Régimen aplicable a los pagos de regalías por títulos mineros

En este sentido, respecto de los tramites adelantados en el proceso de cobro coactivo, de conformidad con el artículo 5 de la ley 1066 de 2006, las entidades públicas que cuentan con la facultad de ejercer el cobro coactivo de sus obligaciones deben sujetarse a lo previsto en el título VIII del libro quinto del Estatuto Tributario en el cual se encuentra establecido dicho procedimiento.

Consejo de Estado, Derecho

Procedimiento para desvirtuar la presunción de vinculación económica

En el contexto del concepto anterior, la actividad de recaudo de cartera, por sí sola, no hace presumir la existencia de vinculación económica, pero comprobada cualquier situación de vinculación económica entre la mandante y la mandataria, la relación contractual derivada del mandato cede y da paso a los efectos que se derivan de la correspondiente vinculación.

Derecho

ICA, determinación de hecho generador para el Ministerio de Hacienda

El Impuesto de Industria y Comercio recaerá, en cuanto a materia imponible, sobre todas las actividades comerciales, industriales y de servicios que se ejerzan o realicen en las respectivas jurisdicciones municipales, directa o indirectamente, por personas naturales, jurídicas o por sociedades de hecho, ya sea que se cumplan en forma permanente u ocasional, en inmuebles determinados, con establecimientos de comercio o sin ellos

Derecho, Noticias

Los frutos generados por el título minero pueden ser objeto de embargo

Derechos derivados de un contrato de concesión minera en favor del concesionario, se erige como derechos subjetivos de carácter personal, que conforman el patrimonio del mismo, el cual puede ser perseguido por cualquier acreedor, en los términos que establezca la ley civil o comercial, según corresponda. En todo caso, es claro que, en principio, la ley no, no limita el ejercicio de cualquier acreedor a perseguir el patrimonio del deudor.

Consejo de Estado, Derecho

Es deber del Estado, proteger a los civiles de las consecuencias del conflicto armado

La muerte del civil se produjo a causa de un artefacto explosivo manipulado por la insurgencia, en una zona de alteración del orden público, donde había presencia de las fuerzas armadas del Estado, quienes desatendieron específicas obligaciones convencionales incorporadas al ordenamiento jurídico colombiano, desatando con ello el daño antijurídico

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