Consejo de Estado

Consejo de Estado, Normatividad, Tributario

Es deber del contribuyente, probar el porqué de las exclusiones

En relación con la sanción por inexactitud, el demandante alega que se produjo una diferencia de criterios en cuanto al derecho aplicable, con la cual, no se causó daño a la Administración, la Sala advierte que no es procedente acceder a levantar la sanción toda vez que, la interpretación planteada por la demandante contradice su propia actuación, pues en la liquidación privada depuró los ingresos exentos obtenidos por la actividad hotelera y no sustentó debidamente la razón por la cual excluyó algunos costos y deducciones para obtener la renta exenta

Consejo de Estado

La revocatoria del poder, no deriva la extinción de las obligaciones a cargo del contratante (honorarios)

La revocatoria de poder no puede ser utilizada como un medio para vulnerar el derecho del apoderado a obtener el pago de los honorarios que hubieren sido fijados por su labor, de modo que, en observancia del principio de la buena fe, no se puede desconocer el vínculo contractual que subyace a esa representación y del cual surgieron obligaciones entre el mandante y el mandatario, las cuales deben ser cumplidas en la forma en que fueron pactadas.

Consejo de Estado

Facultad de las administraciones tributarias locales de gravar utilidades sociales con la contribución de valorización

El avalúo catastral de los inmuebles no es un factor que deba tenerse en cuenta para fijar la contribución en el método de factores de beneficio. Así, la Sala considera que los actos administrativos no desconocen la capacidad contributiva de las demandantes porque determinaron la contribución de valorización a su cargo con sujeción a la fórmula establecida

Consejo de Estado

Limitaciones de los entes territoriales en la determinación del tributo

En ese orden, acudiendo a las normas del orden nacional, se puede verificar que, en efecto, está autorizado que el Estado, a través también de sus entes descentralizados, impongan obligaciones en cabeza de personas naturales o jurídicas que no sean directamente los sujetos pasivos del impuesto, según el caso, pero no está facultado para crear obligaciones diferentes a las reguladas legalmente.

Consejo de Estado, Derecho

Procedimiento para desvirtuar la presunción de vinculación económica

En el contexto del concepto anterior, la actividad de recaudo de cartera, por sí sola, no hace presumir la existencia de vinculación económica, pero comprobada cualquier situación de vinculación económica entre la mandante y la mandataria, la relación contractual derivada del mandato cede y da paso a los efectos que se derivan de la correspondiente vinculación.

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