sociedad extranjera

DIAN, Normatividad

Oficio 22778 de agosto 24 del 2016 – DIAN

La DIAN señala que el residente fiscal en Colombia, sea persona natural o jurídica, socio o accionista de una sociedad del exterior, no debe incluir como propios los ingresos ni el patrimonio que correspondan a aquella, en las declaraciones tributarias ni en los informes requeridos por la autoridad tributaria; por el contrario, únicamente deberá informar los dividendos que perciba y las acciones que posea al respecto.

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