El 30 de noviembre de 2018 se venció el segundo plazo de las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 y hasta 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT) para registrar sus bases de datos ante la Superintendencia de Industria y Comercio, recordemos que el primer plazo fue hasta el 30 de septiembre del presente año para: ·Sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 610.000 Unidades de Valor Tributario (UVT). Y el tercero y último plazo seria para las: ·Personas jurídicas de naturaleza pública, deberán realizar la referida inscripción hasta el treinta y uno (31) de enero de 2019. Igualmente la SIC en la reglamentación de esta obligación establece que, para los nuevos datos posteriores al vencimiento, las sociedades tendrán hasta dos meses contados a partir de su creación para hacer la respectiva actualización. La Ley 1581 de 2012 regula a detalle los aspectos anunciados, junto con cualquier tratamiento aplicable a la así llamada información personal contenida en cualquier base de datos realizado por personas naturales o jurídicas de naturaleza pública o privada. En su artículo 23, se fijan las posibles sanciones en las que podrían incurrir los responsables del tratamiento y manejo de datos personales por no hacer la respectiva inscripción de estas cuando hubiera lugar y son las siguientes:
Para mayor información, así como las instrucciones del cargue de la información consulta la sección de las preguntas frecuentes de la página de la Superintendencia de Industria y Comercio: http://www.sic.gov.co/preguntas-frecuentes-rnbd
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