Administrador Portal
Impuestos, Noticias
14 agosto, 2017
Sabía usted, que los ingresos obtenidos por premios y distinciones que se obtengan en concursos o certámenes nacionales e internacionales que sean de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo son constitutivos de renta, pero no están sometidos a retención en la fuente?
Si bien el artículo 43 del Estatuto Tributario contempló que dichos premios no estaban sometidos al impuesto sobre la renta y complementarios, el mismo fue derogado posteriormente por el artículo primero (1°) de la Ley 863 de 2003 que modificó el artículo 35-1 del Estatuto Tributario; por lo que estos actualmente están gravados en el 100%.
Aun cuando los premios obtenidos en concursos o certámenes nacionales o internacionales de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo, reconocido por el Gobierno, están gravados con el impuesto, no están sometidos a la retención del mismo, tal como lo establece el Decreto 1512 de 1985 artículo 5to inciso 3° literal L.
Ahora bien, tal como lo ha manifestado la DIAN en concepto 039258 de junio 29 de 2004, aclarado por el concepto No 046393 Julio 27 de 2004 los ingresos en mención no están sujetos a retención, siempre y cuando conste la certificación del Gobierno Nacional de que se trata de un premio obtenido en concurso o certamen de carácter científico, literario, periodístico, artístico y deportivo, reconocido por el Gobierno. De no ser reconocido por el gobierno, los ingresos deberán someterse a la respectiva retención.
Elaborado por: Ginna Tatiana Trujillo Vargas